Esta imagen corresponde a la Casa de los Diezmos de El Puerto de Santa María.
El diezmo era un impuesto que todo creyente cristiano debía
pagar la Iglesia. El pago del
tributo se realizaba en especie y representaba un décimo de los frutos de la
agricultura o ganadería obtenidos por el creyente. Existían dos categorías de
diezmos: el mayor, que se aplicaba sobre los productos generales, como los
cereales, vinos, aceites, vacas, ovejas, etc., y el menor, que comprendía los
bienes más específicos: aves de corral, legumbres, hortalizas, miel, etc
En 1837 se acordó la supresión de los diezmos en España, pero
las necesidades de recursos para la Primera
Guerra Carlista, obligaron a diferir la efectividad de la medida hasta la
conclusión del conflicto. En 1841 nació la contribución de culto y clero que
supuso, que el impuesto siguiese incidiendo aunque fuese con otro nombre.
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