LA NOBLEZA ARAGONESA EN TIEMPOS DE LOS AUSTRIAS (2)

También existían diferencias entre los hijosdalgo o infanzones (unas veces son equivalentes ambos términos pero en otras se advierte una connotación de estima superior en el segundo, probablemente por ser más antiguo) ya que se continuaba distinguiendo entre los de «sangre» (naturaleza, cuya pureza se comprobaba mediante procesos para ingresar en distintas asociaciones o cofradías, o notorios (descendientes de hidalgos con ejecutorias) —a los que se podían agregar los de solar conocido— y los de «privilegio», reducidos por los tratadistas a tres categorías:

1. Los de privilegio general (los ciudadanos honrados de Zaragoza).

2. De privilegio personal: a) por ley (los doctores en Derecho). b) por privilegio del príncipe: hijosdalgo de carta o francos; sólo gozaban de exención con respecto al rey pero no en cuanto al Reino, debiendo de contribuir como los hombres de condición. 

3. De privilegio local: las concedidas por los soberanos a determinados lugares, dando privilegio de hijosdalgo a sus naturales, como era el caso de Luna, Erla, Ejea de los Caballeros, Tauste, Sos, Uncastillo y Sádaba (las Cinco Villas tenían a sus representantes en Cortes en el Brazo de Caballeros e Hijosdalgo). 

Parece que la «hidalguía» de los ciudadanos honrados de la ciudad de Zaragoza quedaba clara en la época, pero también se manifiestan grados, ya que para ser elegidos como diputados del Reino era preciso que estuvieran «insaculados» en una de las tres primeras bolsas de jurado —se  excluía a los de cuarta y quinta—, lo cual hace dudar en el momento de una definición precisa de «nobleza». La «situación» prenobiliar de las autoridades de comunidades y municipios de los demás territorios realengos aragoneses la presentamos con una fórmula simplificadora de una compleja realidad, dado que en algunos municipios, en los que se admitía a hijosdalgo en los cargos municipales, se hacía que éstos renunciaran a sus privilegios de exención de cargas vecinales; sin embargo no por ello perdían su condición, lo cual permitía a los restantes munícipes —siempre de altos cargos— hallarse en condiciones de adquirir, si no la calidad, sí la estima social equivalente que conduciría, con el tiempo y el dinero, a la hidalguía. 

No hay comentarios: