LA REPOBLACIÓN DEL VALLE DEL JALÓN EN EL S.XVII


                                   
Modelo de carta-puebla (Ricla)

Por la salida de la cuantiosa población morisca de los territorios de Valdejalón, deduzco que disminuiría considerablemente la producción agraria al ser abandonados los campos y afectaría, también, a la pequeña manofactura unida a la economía del hogar y acarrearía problemas de índole financiero al dejar de ingresar los señores los tributos de sus vasallos y tener que hacerse cargo  de las deudas dejadas por sus vasallos, lo que provocó ciertos  enfrentamientos entre deudos y deudores,  hasta el punto que el mismo rey Felipe III (II de Aragón) instó a las partes a que se arreglaran entre ellas y no llevasen el asunto a los tribunales; sin contar, por cierto el dinero que cada morisco debía abonar al señor.
Centrándonos en el condado de Aranda, el noble epilense emitía un informe en el que daba cuenta del estado en el que habían quedado las localidades: "...quedaron desiertos Almonacid, Lumpiaque, Rueda, Urrea, Mesones, Nigüella, Sestrica y Morés y muy disminuidos Épila, Salillas, Lucena, Aranda, Tierga, Biota y Jarque...". Se imponía, por tanto, una repoblación inmediata, que se realizó mediante las cartas-puebla. Se concedieron a Urrea en 1.612 y 1.628, a Lucena en 1616, a Lumpiaque y Rueda en 1.627 y a Almonacid en  1.628.
Las cartas de población, que poco diferían de las medievales,  solían tener los siguientes puntos:
. Establecía la jurisdicción judicial, lo que otorgaba un poder singular al señor.
. Regulaba los impuestos específicos de los pobladores.
. Confirmaba los monopolios señoriales (molino, horno...).
A cambio, el señor entregaba casas y tierras y ciertos privilegios con objeto de captar pobladores.

P.D. No hay datos, aunque no pertenecían a Aranda,  sobre si hubo carta-puebla en Plasencia y Bardallur.

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