EFEMÉRIDE




Tal día como hoy de 1931, se aprobó en España el derecho al voto de las mujeres. La tarde del 1 de octubre de 1931, las Cortes reconocieron el sufragio universal, incluyendo el voto femenino. 

REPERCUSIÓN EN ESPAÑA

El asesinato de Lincoln por «separatistas fanáticos» que estremeció a la prensa española en 1865

RECORDANDO A MINGOTE

(Publicado en septiembre de 2012)

ARTÍCULO DE FRANCISCO JAVIER AGUIRRE

        LA DECADENCIA DE OCCIDENTE

Hace un siglo se publicó un libro de gran impacto, cuyas teorías y pronósticos siguen hoy vigentes en términos generales. "La decadencia de Occidente", del filósofo e historiador alemán Oswald Spengler (1880-1936), examinaba la trayectoria de nuestra civilización a partir del Renacimiento y llegaba a conclusiones desalentadoras sobre la continuidad de nuestra cultura y el progreso integral de la sociedad humana. 
La filosofía política de Spengler está dominada por la idea de que Occidente se encuentra abocado a una lucha sin piedad por el dominio del mundo. Acertó de pleno. Otros pensadores del momento, como el inglés Arnold Toynbee, se ocuparon también del asunto, coincidiendo en buena parte de sus predicciones. 

¡¡¡MÁS ENHORABUENAS!!!

http://www.marca.com/baloncesto/mundial-femenino/2018/09/30/5bb112a2268e3ec42d8b4641.html


La española Ana Carrasco, primera campeona del mundo de motociclismo


PESCADOS

RECETARIO

EL REPARTIMIENTO GRAL. DE UTILIDADES

En varias ocasiones he hecho mención a la formación de una comisión para llevar a cabo el Reparto General de Utilidades y quizá os hayáis preguntado qué era eso. Os lo comento: El R.G.U. era un impuesto municipal que constaba de dos partes, una personal y otra real. En la primera, estaban obligados a contribuir las personas naturales residentes en el municipio en la fecha de la estimación, cualquiera que fuese su edad o sexo, y las personas que sin ser residentes en la localidad, tuviesen en ella casa abierta en aquella fecha, aunque residieran en otro término municipal. La base imponible de la parte personal estaba constituida por el valor anual de todas las utilidades pertenecientes a la persona sujeta a la obligación de contribuir, cualquiera que sea el municipio donde se obtengan, rebajando el importe de las cargas e intereses deducibles. En la parte real, estaban obligados a contribuir las personas naturales o jurídicas que obtuviesen rentas en el municipio, aunque no estuviesen domiciliadas o no tuviesen casa abierta. Estas personas solo podían ser gravadas por las rentas o rendimientos que obtuviesen en el municipio. La comisionó de Evaluación que establecía el Repartimiento estaba constituida por los mayores contribuyentes en rústica, urbana e industrial.

POEMAS DE ANTONIO MARTÍNEZ CALLE

(DE AMORES, SUEÑOS Y RECUERDOS)

RELIGIÓN EN LOS CENTROS PÚBLICOS

La educación, la Iglesia y la valentía

La responsabilidad de que se esté gastando dinero público en horas de religión que no se imparten es  de unas administraciones públicas que han estado varios cursos mirando hacia otro lado (pincha en el título).
Amplía en:

VIÑETAS


 www.elpais.com

 www.elmundo.es
 www.eldiario.es
 www.elplural.com

 www.diariodecadiz.es

www.abc.es